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Venta con alquiler garantizado (sale and lease back inmobiliario): las claves
La venta con alquiler garantizado, como su nombre indica, es una compraventa pero sin dejar de residir en la vivienda. En el momento de la compraventa, se formalizará un contrato de alquiler de tiempo determinado definido por el vendedor.
¿Cómo funciona Sale & Una venta con alquiler garantizado?
La venta con alquiler garantizado es un producto en el que el propietario vende la vivienda y acuerdas un alquiler de la vivienda por un tiempo establecido en el contrato.
La venta con alquiler garantizado es recomendable para clientes mayores de 70 años, propietarios de un inmueble y que quieren estabilidad económica.
Pasos que seguiremos:
- Tasación oficial para realizar una oferta acorde al mercado.
- Establecer un precio por el alquiler, según los precios por zona y características de la vivienda.
- Firma del contrato ante notario.
Modalidades de venta con alquiler garantizado
Con contrato de alquiler limitado en el tiempo
Se determina un plazo de ocupación de la vivienda (inferior a la esperanza de vida estimada) y se retiene del precio de compra el valor total del arrendamiento definido por un contrato de alquiler durante dicho plazo.
Se estipulará el valor de mercado en función de una tasación oficial. Tenga en cuenta que el valor de mercado de un inmueble ocupada es inferior a la de un inmueble libre de ocupación. El descuento sobre el precio libre dependerá en gran medida de la esperanza de vida de ocupante de la vivienda.
¿Por qué?
El valor de tu vivienda libre lo define el mercado actual, sin embargo, el valor de tu vivienda ocupada se define en función de la duración de tu ocupación (esperanza de vida).
- Es un importe total que se consume linealmente para que no tengas que preocuparte por desembolsar un dinero todos los meses.
Ejemplo: Si el alquiler de tu casa es de 1.000€ al mes, y tu ocupación de la vivienda será de 5 años (60 meses), el importe total de tu arrendamiento será de 60.000€. - De manera que, si abandonas la casa antes del tiempo estimado, el importe restante del alquiler se devolverá al inquilino o a sus herederos.
Ejemplo: Si ocupas la vivienda 3 años (en vez de los 5 años estimados), se devolverán 24.000€. - Y si se ocupa la vivienda más allá de esos 5 años, se negociará un nuevo contrato de alquiler dónde se estipulará una renta mensual sujeta a IPC.
Ejemplo: A partir de la mensualidad 60, empezarás a pagar una renta mensual sujeta a IPC.
Repartición de los gastos
asociados a la vivienda.
IBI, seguro de continente y derramas:
Siempre le corresponderá al nuevo propietario de la vivienda.
Comunidad y suministros:
Casi siempre le corresponderá al nuevo inquilino de la vivienda.
Comparar “Venta con alquiler garantizado” con otros productos
Ejemplo con una persona de 86 años y una vivienda de 600.000€
Sale & Lease Back | Renta Vitalicia | Venta Nuda Propiedad | Vivienda Inversa | Hipoteca Inversa | |
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Acuerdo | Venta del inmueble con contrato de alquiler predeterminado | Venta de la vivienda y se obtiene una renta mensual vitalicia | Venta de nuda propiedad con reserva de usufructo | Venta de la vivienda y se mantiene alquiler vitalicio | Crédito con garantía hipotecaria |
Tasación real (Ejemplo) | 600.000€ | 600.000€ | 600.000€ | 600.000€ | 600.000€ |
Importe a recibir en notaría | 365.000€ | 320.000€ | 365.000€ | 258.000€ | |
Bolsa de alquiler no consumido | 170.000€ | 0€ | 0€ | 175.000€ | 0€ |
Ahorro en gastos | Derramas de la Comunidad de Propietarios, Seguro de continente, IBI | Derramas de la Comunidad de Propietarios, Seguro de continente, IBI | Derramas de la Comunidad de Propietarios, Seguro de continente, IBI | Derramas de la Comunidad de Propietarios, Seguro de continente, IBI | |
Gastos de contratación | No hay | No hay | 50% Notaría | No hay | Tasación, Informe de asesoramiento independiente |
Requisitos para su contratación
- Ser propietario de una vivienda.
- Se mayor de 70 años.
- Tener la vivienda en Madrid, Barcelona, Valencia, Sevilla, Málaga, Bilbao, San Sebastián y Vitoria
Ventajas de la Venta con alquiler garantizado
Monetización máxima del ahorro en vivienda.
Producto flexible que se ajusta a tus necesidades.
Plena seguridad para mantener el uso de la vivienda durante un plazo determinado.
El comprador es un inversor institucional con todas las garantías que ello implica.
Cobertura en caso de abandono prematuro del hogar o premoriencia.
- Servicios gratuitos que complementan este producto tales como teleasistencia, seguro de continente, legado genético, cobertura jurídica, gestión de herencia.
Fiscalidad
- Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas IRPF: Si la venta se realiza sobre la vivienda habitual y el vendedor tiene más de 65 años, la venta está exenta de este impuesto.
- El vendedor está obligado al pago de la plusvalía municipal: El Impuesto sobre el Incremento del Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana (IIVTNU), más conocido como plusvalía municipal, es un tributo municipal que grava el incremento que experimentan los terrenos de naturaleza urbana y que se pone de manifiesto a consecuencia de la transmisión de su propiedad o, en su caso, la constitución o transmisión de cualquier derecho real de goce limitativo de dominio. En otras palabras, generalmente, es un impuesto que se paga cuando, como consecuencia de la transmisión de una vivienda, se ponen de manifiesto ganancias.
Proveedores
Pasos para la contratación
Contactamos contigo
Te enviamos una Oferta Preliminar
Concertamos una fecha de visita y trasación
Te enviamos la Oferta Vinculante
Oferta vinculante y firma ante notario
Gastos de contratación para la venta con alquiler garantizado
Durante el proceso de análisis y negociación, el comprador se hará cargo de todos los gastos que conlleva la operación, tales como la tasación y los gastos de notaría.
Preguntas frecuentes de la venta con alquiler garantizado
La venta con alquiler garantizado como su nombre indica, es una compraventa pero sin dejar de residir en la vivienda. En el momento de la compraventa, se formalizará un contrato de alquiler de tiempo determinado definido por el vendedor.
En el momento de la compraventa, se formalizará un contrato de alquiler de tiempo determinado o de forma vitalicia, según se acuerde en el contrato con el vendedor.
Al ser una compraventa, el cliente deberá hacer frente al pago de la plusvalía municipal y al impuesto de transmisiones patrimoniales. Además, continuará haciendo frente a los pagos de suministros y tasa de residuos urbanos. El resto de gastos e impuestos la empresa compradora se hará cargo de ellos.
Se puede realizar alquiler de esta vivienda durante el tiempo estipulado en el contrato de compraventa si así se pacta con la empresa compradora de la vivienda.
Existen dos tipos de venta con alquiler garantizado: la modalidad vitalicia y con un periodo retenido.
Modalidad vitalicia: en esta modalidad el vendedor establece por contrato que hará usufructo de la vivienda de forma vitalicia.
Modalidad con periodo retenido: en esta modalidad el cliente establece una fecha en la que dejará de hacer uso de la vivienda y deberá abandonarla.
Legislación y regulación de la venta con alquiler garantizado
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